Bibiano Villa pide cárcel para bromistas; 60% de las llamadas al 066 son falsas


Chetumal.- Al destacar que de 1200 llamadas diarias recibidas en el 066, el 60 por ciento de estas son falsas, el titular de Seguridad Pública estatal, Bibiano Villa, se pronunció por la creación de una ley de “Uso indebido de medios de comunicación”, que incluye al menos dos años de cárcel para quienes realicen  llamadas apócrifas o bromas al número de emergencias.

La Secretaría de Seguridad Pública del Estado (SSP) informa que debido al alto índice de llamadas falsas (de broma e insultos) que ingresan al servicio de emergencia 066, el General Brigadier ICE, Carlos Bibiano Villa Castillo, consideró urgente retomar la iniciativa de Ley ante el Congreso del Estado que contemple como delito el “Uso Indebido de Medios de Comunicación”, y con ello, sancionar legalmente a los “bromistas”.

El General Villa mencionó que la ciudadanía debe ser responsable al momento de utilizar el servicio de emergencia 066, para que la atención siempre sea oportuna, correcta y adecuada a las diversas necesidades, en las que destacan información meteorológica, asesoría legal, atención ciudadana, apoyo psicológico, auxilio y guía en caso de contingencia ambientales e información de servicios generales, por nombrar las más comunes.

Cabe señalar que no siempre se hace un apropiado uso del servicio, ya que sujetos con una errónea conciencia tienden a realizar acciones encaminadas a hacer mal uso del número telefónico de emergencias, emitiendo argumentos falsos o engañosos a los operadores, quienes al ser profesionales y objetivos en su trabajo, canalizan la ayuda correspondiente a donde fue solicitada, pero que por desgracia, al ser una emergencia ficticia queda inoperante y como consecuencia surte efectos el desgaste económico, recursos y horas hombre, afectando a los cuerpos de seguridad y emergencia, restando tiempo a los operadores, coordinadores y despachadores del servicio de llamadas, en tanto que una incidencia real puede quedar desatendida al abocarse la ayuda y el tiempo de manera errada a un lugar o evento que resultó inexistente, poniendo en peligro la seguridad de la población.

En ese orden de ideas y a fin de estar en posibilidades de sancionar a los sujetos que realizan un comportamiento nocivo a los intereses sociales, se hace necesaria la existencia de un precepto legal que contemple dicha circunstancia, así como también cumpla con el presupuesto de que el sujeto tenga conocimiento de lo antisocial de su comportamiento, y es precisamente esa delimitación del comportamiento prohibido o en su caso de observancia obligatoria, que se ha delimitado en lo que conocemos como tipo penal, refiriéndonos que al caso que nos ocupa como “USO INDEBIDO DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN”, resultando conveniente la descripción objetiva de la ejecución de la acción prohibida que reza así: “Al que utilice medios de comunicación audio visual, escrito, electrónico o codificado, capaz de emitir falsa información y tenga como finalidad confundir, entorpecer, burlar, insultar o movilizar al personal de las instituciones del estado o de emergencia para atención de incidentes falsos, se le impondrá:

 I.-De seis meses a dos años de prisión y multa de cincuenta a trescientos días de salario mínimo.

II.- Si existe reincidencia se impondrá de dos a cuatro años de prisión y multa de quinientos a mil días de salario mínimo.

III.- Si a consecuencia de la acción del agente se pone en peligro o se atenta en contra de algún bien jurídico de un tercero, con motivo del desabasto en la atención de un incidente comprobado, se impondrá de tres a cinco años de prisión y multa de doscientos a quinientos días de salario mínimo.

El uso indebido de medios de comunicación para movilizar cuerpos de emergencia se perseguirá de oficio, debiendo proveer lo necesario el Ministerio Público.

Cuando la acción prevista en el presente artículo la realicen sujetos menores de edad se sancionará conforme lo establece la Ley de Justicia para Adolescentes del Estado de Quintana Roo.

Esta situación deriva al incremento de llamadas telefónicas realizadas por menores de edad que buscan gastar una broma o de personas que se quedan calladas cuando un operador atiende en el 066. Sin embargo, los bromistas tendrán una sanción, puesto que la SSP presentará una iniciativa para que se sancione a las personas que realicen las llamadas.

Con esto se busca que los adultos vigilen cuando un menor de edad intenta realizar una llamada falsa al 066. El objetivo principal es concientizar a la ciudadanía para que actúe con responsabilidad y no genere gastos innecesarios en dependencias de auxilio.


Al día el 066 recibe al menos mil 200 llamadas de las cuales, el 60% son falsas, por lo tanto, Villa Castillo aseguró que los ciudadanos deben ser conscientes de que el 066 es para atender emergencias de casos que sean verdaderos y no es un medio para hacer  bromas o del cual deban hacer un uso indebido.
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