Aerolíneas obligadas a negar abordaje a pasajeros que no presenten prueba Covid en vuelos de México a EU

Cancún.- Las nuevas disposiciones que entran en vigor el 26 de Enero para pasajeros aéreos que viajan desde México a los Estados Unidos tienen alcance también para las aerolíneas, ya que éstas deberán confirmar una prueba negativa de Covid-19 para todos los pasajeros y los documentos de su recuperación antes del abordaje y si un pasajero no los brinda o elige no hacerse la prueba, la aerolínea deberá negarle el acceso, informó la Embajada de EU en nuestro país.

En un comunicado, la Embajada de los Estados Unidos informa:


Los Centros para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC) agregarán el requisito de una prueba negativa de COVID-19 para todos los pasajeros que entren a los Estados Unidos por vía aérea. Hacerse pruebas antes y después de un viaje es crucial para frenar la introducción y la propagación del COVID-19. Esta estrategia es consistente con la fase actual de la pandemia y protege de manera más eficaz la salud de los estadounidenses.


Continúan emergiendo variantes del virus SARS-CoV-2 en países alrededor del mundo y existe evidencia de que hay mayor transmisibilidad con algunas de estas variantes. Ya que los Estados Unidos se encuentran en una etapa de incremento de casos, el requisito de pruebas para los pasajeros que entren al país por vía aérea, ayudará a desacelerar el contagio del virus, mientras trabajamos para vacunar al pueblo estadounidense.


Antes de viajar hacia los Estados Unidos, se requiere una prueba, junto con la recomendación de los CDC de realizarse otra prueba de 3 a 5 días después de haber llegado, así como permanecer en casa por 7 días tras un viaje, lo que ayudará a que en las comunidades estadounidenses se reduzca el esparcimiento del COVID-19 debido a las infecciones relacionadas con los viajes. Las pruebas antes del viaje, conjuntamente con los resultados conocidos y atendidos antes de iniciar el mismo, ayudará a identificar a aquellos viajeros infectados antes de que aborden el avión.


A los pasajeros aéreos se les solicitará una prueba viral dentro de los tres días anteriores a su vuelo hacia los Estados Unidos, y deberán proporcionar la documentación escrita con el resultado de la prueba de laboratorio (en papel o en formato electrónico) a la aerolínea, o bien, proporcionar la documentación que acredite que se han recuperado del COVID-19. Las aerolíneas deberán confirmar la prueba negativa para todos los pasajeros y los documentos de su recuperación antes del abordaje. Si un pasajero no brinda la documentación de la prueba negativa o de recuperación, o elige no hacerse la prueba, la aerolínea deberá negar el acceso al pasajero.


“Las pruebas no eliminan todos los riesgos”, comentó el director de los CDC, el Dr. Robert R. Redfield, “pero cuando se combinan con un periodo de mantenerse en casa y las precauciones cotidianas, como usar cubrebocas y la sana distancia, pueden hacer que el viajar sea más seguro y saludable, así como más responsable, ya que reduce la propagación en aviones, aeropuertos y destinos”. Esta orden fue firmada por el Director de los CDC el 12 de enero de 2021 y entrará en vigor el 26 de enero de 2021.

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