Avalan cárcel por difundir imágenes de víctimas: 8 años, inhabilitación y multa de 44 MDP para funcionarios que filtren contenido de un caso

CDMX.- Con cárcel de hasta ocho años, inhabilitación de 10 años y multa de 500 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA) —equivalente a 44 millones 400 mil pesos—, sancionarán a funcionarios que difundan imágenes o información de víctimas de delitos, de acuerdo con el dictamen aprobado por votación unánime por el Congreso de la Ciudad de México.

Al fundamentar el dictamen, el presidente de la Comisión de Administración de Justicia del Congreso capitalino, Eduardo Santillán, destacó la importancia de la reforma para la llamada “Ley Ingrid”, que busca proteger los derechos de víctimas, en especial, los de las mujeres.

En el dictamen quedó asentado que esta iniciativa surgió de los hechos ocurridos la noche del 8 de febrero pasado, a raíz del feminicidio de Ingrid Escamilla, de 25 años, a manos de su pareja sentimental.

“La brutalidad con la que el delito fue cometido indignó a la población, puesto que los feminicidios han aumentado 137% en los últimos cinco años, haciendo de nuestro país un lugar inseguro para las mujeres, niñas y adolescentes”, establecieron los integrantes de la Comisión de Administración de Justicia.

Lamentablemente, destacaron, “la filtración de fotos e imágenes del cuerpo desmembrado de Ingrid, fue el resultado de un incorrecto tratamiento de las evidencias por parte de los servidores públicos que atendieron el caso, lo que generó una masiva difusión”.

Esto, dijo Santillán Pérez, provocó que hicieran un llamado colectivo a las instituciones como a la sociedad, “a dejar de cosificar y revictimizar a las mujeres, tanto que su vida, su muerte o la violencia a la que históricamente han estado sometidas”.

Ante tal situación, cuestionaron la efectividad de las autoridades para realizar una investigación con perspectiva de género, con el fin de garantizar el acceso a la justicia.

“La filtración de las imágenes del cuerpo de Ingrid es producto de una cultura de violencia institucional, ejemplificada en una grave falta de responsabilidad en la debida diligencia durante las investigaciones, revictimizando así, no sólo a Ingrid, sino a muchas mujeres que han sufrido estas faltas”, mencionaron los diputados de la comisión.

De allí que la difusión de fotos, videos o cualquier contenido que muestre datos personales o haga alusión a algún hecho relacionados con la averiguación e investigación, que vulnere los derechos y la dignidad de las víctimas, según los parámetros del acceso a la información, es considerada como reservada y debe estar resguardada por las autoridades que dirigen el caso.

El 3 de septiembre de 2019, la diputada local del PAN, Patricia Báez, presentó la primera iniciativa para reformar el artículo 299 del Código Penal, la cual fue a dicha comisión.

Luego, a pocos días de ocurrir dicho feminicidio, el 18 de febrero la fiscal General de Justicia, Ernestina Godoy Ramos, presentó otra iniciativa para adicionar el artículo 293 quáter al Código Penal.

Posteriormente, llegaron más iniciativas sobre el mismo tema, que concluyeron con la adición del artículo 293 quáter del Código Penal para establecer:

“… se impondrá prisión de dos a ocho años y multa de 500 mil Unidades de Medida y Actualización. Si se trata de imágenes, audios o videos de cadáveres o parte de ellos, de las circunstancias de su muerte, de las lesiones o estado de salud, las penas previstas en el párrafo anterior, se incrementarán hasta en una tercera parte, si el responsable fuera servidor público…”.

El dictamen aprobado deberá ser publicado por el Gobierno de la Ciudad de México en la Gaceta Oficial para que las medidas entren en vigor.

Fuente: El Universal

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