SCJN prohíbe a Grupo Xcaret el uso de iconografía maya en su publicidad
La disputa legal comenzó en 2022, cuando el Instituto Nacional del Derecho de Autor (Indautor) ordenó medidas precautorias contra la empresa.
Cancún.— En un fallo histórico para la protección del patrimonio indígena, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocó este 26 de marzo de 2026 la suspensión que permitía a Grupo Xcaret utilizar elementos culturales del pueblo maya en sus plataformas digitales y campañas promocionales.
Con esta resolución, la empresa turística está obligada a retirar de inmediato símbolos, tradiciones e iconografía de origen maya de sus sitios web y publicidad mientras el proceso legal de fondo continúa.
El origen del conflicto: Indautor vs. Xcaret
La disputa legal comenzó en 2022, cuando el Instituto Nacional del Derecho de Autor (Indautor) ordenó medidas precautorias contra la empresa por el uso no autorizado de elementos del patrimonio cultural. Aunque un juez federal concedió una suspensión en febrero de 2025 que favorecía a la compañía, la SCJN ha decidido revertir dicha medida, validando las facultades del Indautor para proteger la propiedad intelectual colectiva.
Puntos clave del fallo:
Insuficiencia de acuerdos previos: Xcaret argumentó tener un convenio con el Gran Consejo Maya de Quintana Roo, a quien entregó 15 millones de pesos. No obstante, la Corte determinó que dicho organismo no representa a la totalidad del pueblo maya, el cual se compone de múltiples comunidades.
Propiedad Colectiva: Basada en la reforma constitucional de 2024, la Corte reiteró que el patrimonio cultural indígena es de propiedad colectiva. Su uso comercial requiere un consentimiento previo, libre e informado de todas las comunidades involucradas.
Giro Comercial: La resolución señala que el uso de estos símbolos no es indispensable para que la empresa preste sus servicios turísticos, por lo que su explotación con fines de lucro carece de justificación legal sin el aval adecuado.
Consecuencias y sanciones
Tras el levantamiento de la suspensión, Grupo Xcaret se enfrenta a un escenario legal complejo que incluye:
Retiro inmediato de materiales publicitarios.
Multas económicas que podrían alcanzar las 15,000 UMA (Unidades de Medida y Actualización).
Precedente jurídico: Este caso establece un límite claro para la industria turística en México sobre la explotación comercial de símbolos indígenas.



