Arranca “Operativo Pago de Aguinaldo 2020” para verificar que empresas cumplan con sus trabajadores

Chetumal.- La Secretaría del Trabajo y Previsión Social de Quintana Roo, iniciará a partir del 21 de diciembre con el “Operativo Pago de Aguinaldo 2020”  para verificar que las empresas hayan cumplido con la obligación de esta prestación hacia sus trabajadores, que de acuerdo a la ley, será equivalente a 15 días de salario como mínimo.

Su titular Catalina Portillo Navarro, señaló que aun y cuando la pandemia del Covid-19 ha dejado efectos negativos en la economía, esta obligación patronal debe cumplirse y con ello evitar las sanciones que la ley prevé en ese sentido.

“Respecto al pago de aguinaldos son derechos irrenunciables de los trabajadores, los que hayan trabajado durante todo el año, después del 20 de siembre es obligación de los patrones pagarles el aguinaldo, por eso estaremos vigilando que cumplan con la ley, iniciaremos a partir del 21 de diciembre de este año y terminaremos hasta febrero del 2021 para dar margen a que todas las empresas acrediten que han pagado estas prestaciones”.

Detalló que este recurso debe ser pagado por los patrones a sus trabajadores a más tardar el 20 de diciembre ya que a partir del día siguiente se empezaran con los operativos de verificación y las empresas que hayan incumplido serán a creedoras a sanciones económicas.

La secretaría del Trabajo y Previsión Social del Estado, permanecerá a través de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo y Procuradurías Auxiliares, brindando servicios laborales, asesorías, quejas y celebración de convenios en materia laboral para garantizarles a los trabajadores puedan acceder a lo que por derecho les corresponde.

Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del aguinaldo, conforme al tiempo que trabajaron.

En caso de incumplimiento con esta prestación, la STyPS recomienda a la ciudadanía acudir de inmediato a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, en donde se recibirán las quejas que ante ella se presenten para efecto de citar a los patrones y conminarlos a realizar el pago correspondiente, en caso de negativa, se procederá en términos del artículo 992, de acuerdo a la normatividad que establece la Ley Federal del Trabajo.

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