Ombusman zalamero: titular de CDHEQROO interviene en caso entre particulares a favor de extranjeros, pero da la espalda a los quintanarroenses


Por: Esmaragdo Camaz

El Artículo 4 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Quintana Roo reza que ésta institución tendrá competencia cuando haya quejas en contra de “autoridades y servidores de la administración pública estatal o municipal”, sin embargo, el titular del organismo, Harley Sosa Guillén, intervino en un caso entre particulares a favor de extranjeros (“Soul Siesta” vs Hotel The Royal), aunque no hace lo mismo cuando los quintanarroenses van a la CDHEQROO a quejarse en contra de particulares, como establecimientos comerciales, hoteles y otros, porque pretextando el texto de la Ley, da la espalda a sus coterráneos.

Esto es lo que la Ley dice:

Artículo 4.- La Comisión tendrá competencia en todo el territorio del Estado de Quintana Roo, para conocer de quejas relacionadas con presuntas violaciones a los derechos humanos, cuando éstas sean imputadas a autoridades y servidores de la administración pública estatal o municipal.

O sea, la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Quintana Roo no tiene facultades para intervenir en un caso entre particulares.

Esto es lo que la CDHEQROO difundió este martes en un boletín de prensa:

El ombudsman del estado Harley Sosa Guillén dio a conocer que la Comisión de los Derechos Humanos del Estado de Quintana Roo intervendrá en el posible caso de discriminación en contra de personas afrodescendientes en un hotel de Playa del Carmen.

Este caso se advirtió en un medio de comunicación social, en el que una mujer denunciaba públicamente la discriminación del cual fueron objetos hombres y mujeres de la agrupación “Soul Siesta”, compuesta en su mayoría por afrodescendientes provenientes de Estados Unidos y Canadá, por parte de la gerencia de un hotel de Playa del Carmen, al recibir supuestos malos tratos, negarles el hospedaje y el reembolso del mismo.

Personal de la Tercera Visitaduría de la comisión de los derechos humanos en el municipio de Solidaridad se acercó a la gerencia del hotel a fin de solicitar la versión de los hechos denunciados. De igual forma se contactó a la mujer que denunció los hechos a fin de invitarla a presentarse a las oficinas del organismo para levantar el acta respectiva.

Está claro que el titular de la CDHEQROO, Harley Sosa Guillén se excede en sus funciones al intervenir en este caso, tan es cierto que él mismo lo reconoce en el siguiente párrafo del citado boletín de prensa:

Sosa Guillén dijo que esta previa investigación permitirá determinar la remisión de la queja al Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación. Aclaró que cuando se presenta un caso de discriminación entre particulares la competencia surte a favor del CONAPRED, la cual es la institución nacional encargada de resolver este tipo de casos.

Si el propio Sosa Guillén reconoce que el organismo encargado de este tipo de violaciones a los Derechos Humanos es la CONAPRED y no la institución que él preside, ¿cuál es su verdadero interés en tomarse atribuciones que no le corresponde?, es pregunta.

Pero además, el propio Sosa Guillén remata su boletín diciendo que aún es muy prematuro para determinar si éste se trata de un caso de discriminación:

Asimismo el presidente de la Comisión de los Derechos Humanos declaró que si bien sería muy apresurado determinar si hubo o no una discriminación en este caso, fue tajante al pronunciarse sobre el trato digno que deben de recibir todas las personas sin importar su estatus migratorio, su raza, religión o cualquier otra condición diferente. Por lo anterior nuevamente hizo un llamado a las empresas privadas a que todo el personal, desde los puestos directivos hasta los auxiliares reciba capacitación y que conozcan los derechos humanos a fin de evitar que se den sucesos lamentables de discriminación.

¿Y si es demasiado pronto para determinar qué pasó en este caso, entonces para qué emitir un comunicado de temas que ni siquiera son de su competencia?

Hasta aquí el boletín de Harley Sosa.

Ahora bien, cuando un quintanarroense acude a la CDHEQROO para denunciar a un particular, como establecimientos comerciales, hoteles y otros, la respuesta inmediata de los visitadores, secretarias y el propio Harley Sosa, es que la Ley no les faculta para actuar en contra de particulares, sino exclusivamente en contra de autoridades y servidores de la administración pública estatal o municipal.

Y con ese argumento válido y apegado a derecho, los quintanarroenses son rechazados por la CDHEQROO.

¿Entonces porqué Harley Sosa actúa diferente con extranjeros y les presta beneficios y atenciones extra-legales, mientras a sus coterráneos no?

Pues porque estamos en tiempos pre-electorales y Harley Sosa Guillén, como cualquier otro funcionario calenturiento adelantado, no le importa violar la ley con tal de promocionarse.

Y como este caso (“Soul Siesta” vs Hotel The Royal) cuenta con una amplia difusión en medios masivos, pues este funcionario calenturiento quiere aprovecharlo para promoverse entre el electorado.

Lo que el Hotel The Royal le hizo al grupo afroamericano es es reprobable a todas luces, aunque no es raro tratándose de un hotel de la zona turística de Quintana Roo, establecimientos muy proclives a la discriminación no sólo racial, sino también social, pues los locales no pueden entrar ahí, excepto para trabajar.

El Hotel The Royal debe ser severamente castigado y no se necesita de la CDHEQROO ni de su titular, Harley Sosa, para ello, pues la parte agraviada debe acudir a instancias apropiadas como la PROFECO, e incluso el Ministerio Público, para hacer valer sus derechos y recuperar al menos el daño patrimonial, en est acaso superior a cien mil dólares, según se ha informado.

En resumen, el oportunismo político mostrado por Harley Sosa puede ser un síntoma de los tiempos previos al proceso electoral, pero también es una muestra de cómo un funcionario público se maneja a su antojo “interpretando” la ley y haciendo usofructo de un cargo público a su exclusiva conveniencia.

La CDHEQROO no es un organismo autónomo ni descentralizado, tampoco ciudadano, como se quiere hacer creer, pues los recursos a su cargo provienen del estado, mientras que el nombramiento de su directorio está supeditado al Ejecutivo y al Legislativo.

Harley Sosa no es autónomo pues.
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